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El 21 de octubre de 1953 se emitió el Decreto n. 20 de la Alcaldía Municipal, disponiendo que toda solicitud de licencia de obras debía presentar un plano con el dibujo exacto de la manzana donde se encontrara el terreno a edificar. 




Habitable / Utilizable

Una vez concluidas las obras aprobadas en la licencia de construcción, y siempre que se trate de un uso no habitacional (residencial), el solicitante deberá rellenar el modelo para la certificación y además la documentación que sigue:
 

 Certificado de Habitable / Utilizable.


Carta de solicitud, con los siguientes datos:
 

    • Persona jurídica a quien se dirige la documentación.
    • Nombre y no. del carné de identidad de la persona que representa a la entidad.
    • Dirección de la entidad.
    • Código de la entidad o del grupo inversionista.
    • Cuenta bancaria de la entidad y número de la agencia.
    • Código de la obra.
    • Empresa constructora.
    • Aval del director facultativo (explotador) de la obra sobre la calidad de la terminación y las modificaciones aprobadas.
    • Aval del constructor sobre los requerimientos técnicos-constructivos.
    • Utilizable sanitario.
    • Certificación de Utilizable emitido por la Agencia de Protección contra Incendios.
    • Documento de puesta en marcha emitido por Seguridad y Protección (SEPROT).
    • Documento de aprobación emitido por CITMA.
    • Certificación de cumplimiento en obra de los requerimientos emitidos por el MINFAR y la Defensa Civil.
    • Sello de $10.00 MN.








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